El Servicio de Estadística y Censos de la provincia, se crea por Ley provincial número 10 sancionada el 25 de julio de 1958. En su articulo primero la Ley dice: ”Crease el Servicio de Estadística y Censo de la Provincia, que tendrá a su cargo la dirección superior, contralor y subdivisión de todas las actividades estadísticas y censales que se ejecuten en la Provincia por organismos provinciales y municipales, en la forma y modo que determina esa ley”.
En su articulo segundo la Ley manda que ese organismo debe “Elaborar , en forma sistemática y permanente, por si sola o en coordinación con otros organismos nacionales, provinciales o municipales, estadísticas referentes a demografía, actividades agropecuarias, comercio, industria, finanzas, minería y economía en general, problemas sociales, turísticos, forestales, energéticos, obras hídricas, comunicaciones y transporte y cualquier otra información estadística de interés publico general”

|
.
![]() |
||||